Estamos en:
Calle Salitre 1, Edificio Forum
Oficina 101
29002 - Málaga
Contáctanos:
administracion@legalesytributarios.com
(+34) 951 243 629
(+34) 615 225 121

El derecho a paro de los autónomos

Durante mucho tiempo se ha tratado de equiparar las situaciones del trabajador por cuenta ajena y la del trabajador autónomo cuando cesan en su actividad.

Así, desde hace unos años, los autónomos cuentan con un sistema de protección que cubre estas situaciones, pero con una serie de variantes con respecto al trabajador por cuenta ajena, ya que mientras estos últimos, al perder su empleo, tienen derecho a “paro”, los autónomos, en sentido estricto, no tienen derecho a paro como tal, pero sí se les reconoce el derecho a una PROTECCION POR CESE DE ACTIVIDAD, lo que se conoce como “el paro de los autónomos”.

Desde el año 2020 todos los autónomos están obligados a cotizar por esta prestación, sin embargo, para poder cobrarla es necesario cumplir con determinados requisitos.

Protección por cese de actividad

El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, regula este sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Este sistema, además de basarse en la prestación que reciben mensualmente los trabajadores cuando se da por finalizada su actividad, incluye también acciones formativas gestionadas por las CC.AA. que ayuden a la reinserción laboral.

Sin embargo, para que se considere que un autónomo ha incurrido en cese de actividad, y tener derecho a la prestación correspondiente, deben cumplirse unos determinados requisitos.

Requisitos para poder optar al cese de actividad

  • Estar afiliado y dado de alta en el RETA (régimen especial de los trabajadores autónomos).
  • Estar al corriente en el pago de las cuotas a la seguridad social, o en caso contrario, regularizar tu situación en un plazo de 30 días.
  • Haber cotizado al menos los últimos doce meses por el cese de actividad antes de la petición.
  • No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación, excepto que se tenga acreditado el periodo de cotización requerido para acceder a la prestación por jubilación contributiva.
  • Realizar la solicitud en la MUTUA antes del último día del mes siguiente en el que se tramitó la baja en el RETA.
  • Justificación del motivo del cese para tener derecho a recibir el paro de los autónomos. Es importante poder argumentar el porqué no se puede continuar con la actividad laboral, siendo la causa más frecuente de solicitud los motivos organizativos, productivos o económicos, aunque también pueden existir otras causas legales como causas de fuerza mayor, pérdida de licencia administrativa, ser víctima de violencia de género, o incluso el divorcio o la separación matrimonial.

Cuantía de la prestación por cese de actividad

La cuantía de la prestación va a depender de la base de cotización de los últimos 12 meses, siendo el importe el 70% de dicha base. También existe un límite máximo, que es el 175% del IPREM.

A modo de ejemplo, la cuantía mínima de cotización en 2021 es de 944,40€, por lo que el importe a cobrar mensualmente sería de 944,40 x 70%  = 661,08€

Duración de la prestación

Uno de los requisitos para acceder a esta prestación es haber cotizado los últimos 12 meses por el cese de actividad, siendo Este el tiempo mínimo exigido para poder cobrar la prestación.

La duración de la prestación va a depender del tiempo cotizado, que podrá ir desde los 4 meses hasta un máximo de 24:

TIEMPO COTIZADO – DURACION DE LA PRESTACION

  •  De 12 a 17 meses: 4 meses
  •  De 18 a 23 meses: 6 meses
  •  De 24 a 29 meses: 8 meses
  •  De 30 a 35 meses: 10 meses
  •  De 36 a 42 meses: 12 meses
  •  De 43 a 47 meses: 16 meses
  •  De 48 meses en adelante: 24 meses

Qué ocurre con el tiempo cotizado como trabajador por cuenta ajena

El cese en el trabajo por cuenta propia o autónoma no se entiende como situación legal de desempleo

Para poder cobrar la prestación por desempleo por el tiempo que se trabajó por cuenta ajena antes de darse de alta como trabajador autónomo, hay que volver a trabajar por cuenta ajena y quedar en situación legal de desempleo. 

En este caso, para la prestación por desempleo, se tendrá en cuenta todo lo cotizado en los 6 años anteriores a esta última situación legal de desempleo.

Si hubiera obtenido la prestación por desempleo tras el cese como persona trabajadora por cuenta ajena y, posteriormente, la suspendiera para darse de alta como autónomo, podrá reanudarla cuando se cese en dicha actividad como autónomo, siempre que la duración del trabajo por cuenta propia haya sido inferior a 24 meses. 

Sin embargo, si la duración del trabajo por cuenta propia ha sido igual o superior a 24 meses e inferior a 60 meses, también podrá reanudar la prestación por desempleo si justifica haberse dado de alta como persona trabajadora por cuenta propia, en el Régimen de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia (RETA) o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

¿Cómo solicitar la prestación?

Esta prestación la tramita directamente la MUTUA a la que el autónomo esté adscrito. Para ello habrá que rellenar la solicitud pertinente y adjuntar todos los documentos necesarios que justifiquen el cese de actividad.

Es importante saber que, si se alegan motivos económicos, hay que cumplir con una serie de requisitos y poder justificarlos, por lo que es importante estar seguros de cumplir con todo lo necesario antes de que se produzca el cese y se solicite la prestación.

Si eres autónomo/a y estás pensando en dar por finalizada tu actividad por algunas de las causas expuestas anteriormente, pero no sabes cómo iniciar el procedimiento para pedir la prestación de protección por cese de actividad, puedes ponerte en contacto con nosotros mediante este formulario y nuestro equipo se pondrá en contacto contigo para asesorarte según tu situación personal y laboral.

Publique un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Usamos cookies para mejorar tu experiencia de usuario