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¿Me hago autónomo o sociedad limitada?

Cuando un emprendedor decide crear su negocio, o incluso cuando ya lleva tiempo con el mismo, una de las preguntas más frecuentes que se suele plantear es la siguiente: ¿qué es mejor, comenzar como autónomo o como sociedad? En el caso de las sociedades, la forma más común es la de Sociedad Limitada, por lo que vamos a centrarnos en este supuesto.

Cada uno tiene sus ventajas e inconvenientes, los cuales vamos a explicar en este post, siendo los más importantes la RESPONSABILIDAD y LOS COSTES.

¿QUÉ TENGO QUE TENER EN CUENTA SI ME HAGO AUTÓNOMO?

Responsabilidad

La responsabilidad del autónomo es ilimitada, lo que significa que, en caso de contraer deudas, el autónomo va a responder con todo su patrimonio personal.

Costes

El coste es más económico que el de una sociedad, ya que tanto los trámites que hay que realizar para darse de alta, como las distintas obligaciones fiscales, son más sencillas.

En primer lugar, el autónomo puede optar por la tarifa plana y cotizar por la base mínima, por lo que el primer año solo pagaría una cuota de autónomo de 60€, teniendo en los 6 meses siguientes una reducción del 50% de la cuota, y los 6 meses posteriores una reducción del 30%.

Por otro lado, los costes de la constitución son mucho más económicos, ya que un empresario individual puede darse de alta en un solo día, y no se requiere de ningún capital inicial para comenzar la actividad.

Esta es la causa principal por la que la mayoría de empresarios optan por comenzar su actividad bajo esta modalidad.

Impuestos

Cada trimestre, el empresario debe presentar sus impuestos correspondientes. El IVA y el IRPF son los principales (ya hablaremos de ellos más adelante en otro post). Mientras que a efectos de IVA no hay ninguna diferencia entre autónomo y sociedad, la parte más significativa está en el IRPF. Al ser un impuesto progresivo, se paga en función del beneficio obtenido, es decir, a mayor beneficio, mayor coste fiscal.

Contabilidad

Para el empresario, es obligatorio llevar una serie de libros contables como son:

  • Libro de ventas e ingresos
  • Libro de compras y gastos
  • Libro de bienes de inversión

¿QUÉ TENGO QUE TENER EN CUENTA SI CONSTITUYO UNA SOCIEDAD?

Responsabilidad

Una de las mayores ventajas de constituir una sociedad, es que la responsabilidad es limitada, por lo que se puede separar el negocio del patrimonio personal.

Costes

Los costes de constituir una sociedad son más elevados que los del autónomo.

La constitución de una sociedad debe hacerse ante notario, por lo que hay que tener en cuenta que, además de la aportación inicial mínima de 3.000€, que puede ser en bienes o en metálico, hay que contar con los costes de Notaría y Registro Mercantil, lo que también alarga los plazos para poder comenzar la actividad, que pueden tardar entre 15 días y un mes aproximadamente.

La base de cotización del autónomo societario es más alta que la del autónomo individual, pero no hay que olvidar que, tras la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, la Seguridad Social ha cambiado de criterio cumpliendo así con el artículo 31 de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajador Autónomo que establece los beneficios en la cotización, por lo que la cuota del autónomo societario también puede estar sujeta a bonificación.

Los costes de asesoría también se incrementan ya que la SL está obligada a llevar la contabilidad conforme al Código de Comercio, además de presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil cada año.

Impuestos

La clave principal para saber si fiscalmente conviene más tributar como autónomo o como SL está en los beneficios obtenidos.

El autónomo, como hemos dicho, tributa por IRPF, que es un impuesto progresivo, lo que significa que a medida que se obtienen más beneficios, se va a pagar más en IRPF. Sin embargo, la sociedad tributa mediante el impuesto de sociedades, a un tipo fijo del 25% del beneficio obtenido.

Contabilidad

La contabilidad de una SL es más complicada, puesto que las sociedades están obligadas a llevar una contabilidad mucho más detallada y con mayores requisitos. Los libros obligatorios para toda SL son principalmente:

  • Libro diario
  • Libros de inventario y cuentas anuales
  • Libro de facturas recibidas
  • Libro de facturas emitidas
  • Libro de bienes de inversión

CONCLUSION

En el caso del autónomo, para el año 2021, cuando la base liquidable de la renta supera los 20.200€, el porcentaje a aplicar pasa del 24% al 30%, por lo que, a partir de esa cantidad, sería interesante plantearse el constituir una SL, ya que el porcentaje que se paga por tributar como sociedad es siempre un tipo fijo del 25%

Salvo que existan otros motivos, como puede ser asociarse con otra persona, lo más común es empezar como autónomo y, más adelante, en función de la facturación, pasar a Sociedad Limitada, para poder abaratar costes, minimizar gastos y optimizar el rendimiento, ahorrando en impuestos y limitando de esta forma la responsabilidad.

Si estás planteándote emprender y no tienes claro cuál es la mejor opción, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para hacernos llegar tus dudas. Nuestro equipo de expertos te atenderá para aportarte la mejor solución en función de tus circunstancias. Puedes ponerte en contacto con nosotros a través de este formulario.

¡Nos vemos en el próximo post!

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